Ley Silla en México ¿en qué consiste? lineamientos y entrada en vigor.

Ley Silla en México ¿en qué consiste? lineamientos y entrada en vigor.
agosto 6,2025

Lineamientos Oficiales de la Ley Silla (DOF 17/07/2025)

OBJETIVO

Garantizar el derecho al descanso durante la jornada laboral para trabajadores en bipedestación en los sectores de servicios, comercio y establecimientos industriales, a través del uso de sillas con respaldo adecuadas.

DEFINICION DE CONCEPTOS

Entre los conceptos definidos, destaca el de la Bipedestación como elemento fundamental para establecer los riesgos por realizar trabajos de pie.

a.- Bipedestación: ¿Qué es y cómo se clasifica?

- Bipedestación: Postura de pie durante la jornada.

- Estática: Sin movimiento o con desplazamientos mínimos.

- Dinámica: Con desplazamientos frecuentes.

- Prolongada: Más de 3 horas continuas de pie.

b.- Factores de Riesgo:

Se determinan en función del tiempo que permanecen en bipedestación,

postura, movilidad, periodos de descanso, superficie y puesto de trabajo de las personas

trabajadoras.

ALCANCE DE LOS LINEAMIENTOS

- Aplican a todos los centros de trabajo en México donde los empleados deban estar de pie para realizar sus tareas.

- Obliga a empleadores a evaluar riesgos, adecuar estaciones de trabajo y proporcionar sillas con respaldo cuando sea posible realizar las tareas sentados o para descansar intermitentemente.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

1.- Realizar un análisis de riesgos por puesto y registrar condiciones de trabajo con base al siguiente diagrama que debe incluirse en el diagnóstico y programa de seguridad y salud en el trabajo.

Ley silla en mexico

 

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

2.- Determinar el nivel de riesgo por tipo y duración de la bipedestación mediante el siguiente procedimiento de puntaje:

lineamientos de la ley silla en méxico

3.- Una vez que se ha obtenido el nivel de riesgo, se debe considerar el tipo de asiento o silla con respaldo más adecuado, poniendo como ejemplo:

- Banco tipo perchero: Para apoyo ocasional.

- Silla alta con respaldo medio: Para alternar posturas.

- Silla ergonómica con respaldo ajustable: Cuando se puede trabajar sentado y considerar reposapiés si la altura del asiento la requiere.

4.- El empleador está obligado a proveer a las personas trabajadoras en bipedestación, el tipo de asiento o silla con respaldo más adecuado a su puesto de trabajo, considerando las siguientes características:

  • Respaldo: Proporcionar soporte evitando fatiga muscular.
  • Altura del asiento. Permitir que los pies de la persona toquen el suelo sin que haya tensión.
  • Soporte lumbar. Permitir la adaptación a la curvatura natural de la columna vertebral, proporcionando apoyo firme, pero flexible en la zona lumbar.
  • Capacidad de Ajuste. Permitir acomodar la altura del asiento, profundidad, inclinación del respaldo, altura y abatimiento de los reposabrazos, para adaptarse a las necesidades individuales.
  • Ergonomía. Promover una postura saludable y reducir la presión en diferentes partes del cuerpo como espalda, hombros, cuello, pliegue de las piernas (correcta circulación).
  • Estabilidad (seguridad)
  • Reposabrazos: Considerar el apoyo de los antebrazos para reducir la tensión en los hombros. Es necesario analizar si estos son adecuados para el puesto de trabajo
  • Reposapiés. Contener reposapiés que se pueda extender o retraer y que permita al usuario elevar o bajar las piernas y obtener una mayor comodidad al reclinarse y una mayor circulación.

 

5.- Implementar medidas adicionales como:
  • Adecuación de estaciones de trabajo para permitir incorporación de sillas con respaldo.
  • Alternancia de posturas.
  • Calzado ergonómico.
  • Superficies antifatiga.
  • Pausas activas programadas.
6.- Informar, capacitar y dar seguimiento médico a los trabajadores cuando sea necesario.

OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR

  • Informar sobre condiciones y molestias por el desempeño de sus funciones.
  • Usar correctamente la silla con respaldo proporcionada.
  • Participar en capacitaciones.
  • Cuidar las sillas con respaldo entregadas, mantenerlas limpiarlas y reportar anomalías.

ENTRADA EN VIGOR

Los lineamientos publicados el 17 de Julio del 2025 entran en vigor el mismo día de su publicación, haciéndolos exigibles por las autoridades laborales a partir de ese momento.

¿POR QUÉ ES URGENTE ACTUAR?

- Prolongadas jornadas de pie pueden generar dolor lumbar, fatiga, enfermedades musculoesqueléticas, problemas circulatorios y complicaciones en el embarazo.

- La Organización Mundial de la Salud y la OIT documentan que estas condiciones están entre los principales riesgos laborales globales.

- No actuar a tiempo puede derivar en sanciones, afectaciones a la salud del personal y baja productividad.

Actuar de manera responsable proporcionando sillas con respaldo a los trabajadores que realizan sus labores de pie durante muchas horas al día, va a traer como beneficio a los empleadores: trabajadores más descansados, más productivos, más eficientes y más sanos, disminuyendo así costos elevados por incapacidades relacionadas a padecimientos musculo esqueléticos.

 

 Multas y sanciones:

Desde 250 hasta 2,500 UMAs lo que podría generar multas de entre $27,142 y $271,425 MXN además de suspensión de actividades o procesos legales.